La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los principales beneficios sociales en el Perú. Diseñada como un seguro de desempleo, la CTS protege al trabajador frente a la pérdida de su empleo. Sin embargo, existen una serie de aspectos – desde los plazos de depósito hasta su susceptibilidad de embargo – que todo empleador y colaborador debe dominar.
A continuación, presentamos 7 puntos clave para entender y gestionar correctamente tu CTS en 2025.
1. Plazo de depósito y fechas límite
El empleador está obligado a depositar la CTS dos veces al año en la cuenta bancaria del trabajador:
- 15 de mayo (correspondiente al semestre noviembre–abril)
- 15 de noviembre (correspondiente al semestre mayo–octubre)
Estos plazos están establecidos en el Artículo 12 del Decreto Supremo N.º 001‑97‑TR (Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 728). Excederlos puede generar intereses moratorios a favor del trabajador.
2. Base de cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
La CTS se calcula sobre la remuneración computable, que incluye:
- Sueldo básico
- Bonificaciones regulares (por turno, por quéhaceres)
- Gratificaciones prorrateadas
Según el Reglamento de la Ley de CTS (D.S. N.º 018‑97‑TR), el cálculo debe considerar los últimos seis meses de remuneración.
3. ¿A quiénes aplica la Compensación por Tiempo de Servicios?
La CTS beneficia a:
- Trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra
- Personal de casa particular (desde noviembre de 2023)
Excluye a trabajadores de microempresas que tributen bajo el Régimen MYPE Tributario
Esta extensión al servicio doméstico se reglamentó en la Ley N.º 31176, publicada en enero de 2024.
4. Pago de intereses por la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
Cuando el empleador deposita fuera de plazo, debe abonar intereses moratorios equivalentes a la tasa activa del Banco de la Nación más 2 puntos porcentuales, calculados desde el día siguiente del vencimiento hasta la fecha de pago efectivo.
5. Facultades de retiro y modalidades
- Retiro total: Procede únicamente al cese de la relación laboral.
- Retiro parcial en sede vacante: Algunas empresas autorizan a sus exempleados a retirar parcialmente la CTS cuando el puesto queda vacante.
- Retiros extraordinarios: Fueron autorizados por el Congreso durante la pandemia (COVID‑19) hasta el 31 de diciembre de 2023, luego en 2024 y ahora en 2025. Toda medida nueva requerirá una ley específica.
- Condiciones según el Decreto Supremo N.º 001‑97‑TR y su Reglamento (D.S. N.º 018‑97‑TR)
Solicitud formal: El trabajador debe presentar un escrito a su empleador y al banco que administra la CTS, solicitando el retiro. - Plazo de atención: El banco dispone de hasta 3 días hábiles para efectuar el pago, contados desde la presentación de la solicitud.
- Causales válidas: Ceses, retiros parciales autorizados en sede vacante o excepciones expresamente dispuestas por ley.
Procedimiento e información de los bancos
Modalidades: Solicitud vía app móvil o ventanilla. Y podrá retirarse en un plazo de 48 horas después de haber realizado la solicitud.
El depósito se liberará al 100% del saldo de lo que tenías en la cuenta. Los futuros abonos también se liberarán al 100%, luego de 48 horas de recibido el depósito.
Interbank
Modalidades: Retiro en agentes corresponsales, sucursales y app. Y con 0% si mantiene saldo mínimo en cuenta.
Scotiabank
Modalidades: Panel web y app para transferencias inmediatas. Y podrá retirarse en un plazo de 48 horas después de haber realizado la solicitud.
El depósito se liberará al 100% del saldo de lo que tenías en la cuenta. Los futuros abonos también se liberarán al 100%, luego de 48 horas de recibido el depósito.
6. Susceptibilidad de embargo
La CTS sí puede ser embargada, salvo la parte equivalente a un sueldo, que la ley considera inembargable. Esto está previsto en el Artículo 28 de la Ley de CTS y reglamentado en el Código Procesal Civil. El resto de la CTS puede ser objeto de medida cautelar o embargo para satisfacer deudas.
7. Saldos no retirados
Los fondos de CTS no retirados permanecen en la cuenta hasta el cese del trabajador. Además:
- Generan rentabilidad por crecimiento del mercado (según el SPP de la AFP que administre la CTS).
- No pierden vigencia ni se vencen; se mantienen al resguardo hasta que el colaborador ejerza su derecho.
Dominar estos 7 puntos clave sobre la CTS es esencial para garantizar el cumplimiento de tus obligaciones empresariales y proteger los derechos de los trabajadores. Tanto empleadores como colaboradores deben conocer los plazos, el cálculo, la embargabilidad y las modalidades de retiro para gestionar correctamente este beneficio.